Así lo afirmó el ministro de Trabajo, Antonio Sanguino. el salario mínimo no cambiará fijado para 2026. El funcionario reiteró que el Decreto N° 1469 de 2025 continúa vigente y de obligado cumplimiento.
Sanguino publicó un mensaje en la red social X. Aseguró allí que la disposición conserva plenos efectos jurídicos hasta que se emita un decreto transitorio.
Lo que dijo Sanguino tras la decisión del Consejo de Estado
La declaración se creó después de que el decreto fuera suspendido temporalmente por el Consejo de Estado. Esta medida generó dudas sobre el pago del ajuste salarial.
Sin embargo, el ministro insistió en que los empresarios apliquen el aumento a partir del 1 de enero de 2026. También envió un mensaje directo a los empresarios.
“Estas dos semanas deberían pagarse con un ajuste adecuado”, afirmó. El ministro enfatizó que la orden es válida hasta nuevo aviso.
Las empresas deberán pagar un aumento del 23,7%
El Decreto N° 1469 de 2025 estableció el salario mínimo con un aumento del 23,7% para 2026. Según el gobierno, esta medida tiene como objetivo proteger los ingresos y fortalecer el poder adquisitivo.
Sanguino indicó que la suspensión temporal no cambia la obligación inmediata de pago. En su interpretación, esta disposición permanece vigente mientras no sea sustituida por un acto jurídico.
Por eso lo repitió el salario mínimo no cambiará en febrero. Según el ministro, el Ejecutivo mantendrá el pago de 2 millones de pesos.
El gobierno prepara una estrategia legal para proteger el decreto
El ministro anunció que el gobierno prepara una estrategia jurídica para defender el aumento. También criticó las acciones del Consejo de Estado por el impacto en los trabajadores.
Sanguino dijo que la decisión creó incertidumbre entre los trabajadores más vulnerables. Consideró además que la suspensión se adoptó antes de que venciera el plazo para presentar alegaciones técnicas.
Los argumentos del Gobierno: progresividad y «operador in dubio pro»
El jefe de la cartera defendió el principio de progresividad de los derechos de los trabajadores. Según su posición, el país no puede retirarse de las garantías ya reconocidas.
También pidió que cualquier interpretación se base en el criterio «in dubio pro operador». Según este principio, la prioridad es proteger al empleado y sus ingresos.
Sanguino afirmó que el salario digno es una exigencia del Estado Social de Derecho. Agregó que adherirse a la Constitución no es opcional.
Un caso raro en el país
La suspensión temporal de un aumento ya implementado es un hecho poco común en Colombia. El Consejo de Estado ya había intervenido en las decisiones salariales, pero este escenario aumentó las tensiones institucionales.
Mientras avanza el litigio judicial, el Gobierno persiste con su directiva. En nombre del Ministerio de Trabajo el salario mínimo no cambiará hasta que se emita lo contrario.
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