Tribunal niega amparo a exejecutivo de Petro y confirma investigación del CNE – Noticias ultima hora

La Corte Suprema de Bogotá desestimó el caso de tutela interpuesto por Ricardo Roa Barragán -actual presidente de Ecopetrol y exgerente de la campaña presidencial «Petro Presidente 2022»- que buscaba invalidar las pruebas practicadas en su contra por el CNE en el marco de la investigación por la presunta violación de los límites de financiamiento en la campaña presidencial.

Qué pidió Roa y por qué

  • Roa afirmó que se había violado su derecho a las garantías judiciales y a la defensa. En particular, señaló que el CNE cerró la etapa probatoria sin haber realizado las pruebas claves que han sido ordenadas previamente: un concepto técnico del Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) y un análisis propuesto por el excomisionado Armando Novoa, pruebas que consideró necesarias para revisar la legalidad del financiamiento de la campaña.
  • Además, argumentó que la decisión del CNE, basada en esta evidencia insuficiente, causaría un daño reputacional irreparable.

Lo que decidió el tribunal

  • La Sala Penal del Tribunal consideró que la acción protectora fue injusto en este caso, porque es la «vía ordinaria de la administración judicial»: Roa puede impugnar la decisión del CNE ante el Consejo de Estado.
  • Respecto de la prueba omitida, los magistrados consideraron que no era válido cuestionarla con la tutela, toda vez que el deber de tutela no pretende resolver errores en la recolección de pruebas sobre decisiones administrativas en curso.
  • El tribunal señaló además que no esta probado que el castigo tuvo un efecto irreversible en la reputación de Roa o que redujo su nivel mínimo de vida.
  • Por lo que negó el amparo y confirmó que el proceso administrativo continúa su camino ante el CNE.

Contexto: Sanciones del CNE

  • Días antes se había producido el fallo del CNE contra la campaña de «Petro Presidente». La campaña fue penalizada por exceder el límite de financiamiento permitido para la campaña de 2022: en más de 3.500 millones de pesos, según funcionarios electorales.
  • Como responsables de la irregularidad fueron señalados Ricardo Roa (como director de campaña), el tesorero, el auditor de campaña, así como los interesados.
  • Las sanciones incluyen la devolución de fondos al Fondo de Financiamiento Político del Estado e incluso la confirmación de copias a la fiscalía por el presunto fraude procesal.

¿Qué significa la decisión para el proceso?

  • La negativa del tribunal a aceptar la tutela no suspende -por el momento- el efecto de las sanciones administrativas del CNE. Es decir, la campaña sigue siendo responsable de haber traspasado los límites legales.
  • Para revocar o impugnar esta sentencia, Roa y su defensa deberán acudir a la justicia ordinaria, concretamente al Consejo de Estado, que descarta la tutela como una medida inadecuada en este contexto.
  • Para la clase política y la opinión pública, la decisión fortalece la legitimidad del procedimiento llevado a cabo por el CNE, al mostrar que los recursos de los sancionados no son decisiones misteriosas sino que están sujetas a escrutinio legal.

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