No a todos les gusta el aguinaldo: exclusiones claves para la asignación en Colombia – – Noticias ultima hora

Cada mes de diciembre en Colombia, miles de jubilados esperan con ansias el llamado «suplemento navideño» o asignación 13, un pago correspondiente a la pensión mensual, establecido por la Ley N° 100 de 1993 y que habitualmente se paga en la primera quincena de diciembre.

Sin embargo, este año algunos jubilados seguirán privados de este beneficio. Colpensiones, en su anuncio del 21 de noviembre de 2025, explicó que algunas pensiones no dan lugar al derecho al beneficio N° 13.

¿Quiénes quedarán excluidos?

  • Quienes sólo recibieron devolución de aportes: Personas que cotizaban pero no alcanzaron el número mínimo de semanas requerido o la edad de jubilación y, por lo tanto, nunca recibieron una pensión reconocida. En tales casos, las cotizaciones devengadas son reembolsables, pero no constituyen una pensión y por tanto no dan derecho a la prestación no. 13.
  • Beneficiarios de ciertos programas especiales (como prestaciones sustitutivas o formas distintas de una pensión formal): no se consideran pensionados en el sentido de la Ley y, por tanto, están excluidos de la prestación .

La entidad enfatizó que esta exclusión no es resultado de una nueva decisión o reforma, sino únicamente de la aplicación de las disposiciones aplicables.

¿Qué dice la ley y cuándo se paga?

De acuerdo con la Ley 100 de 1993, los pensionados por vejez, invalidez o sobrevivencia tienen derecho al subsidio No. 13, el cual deberá ser pagado a más tardar en la primera quincena de diciembre.

El pago debe ser automático; no se requiere ninguna solicitud . Si la persona cumple con los requisitos y tiene una pensión activa, el aporte de fin de año deberá recibirlo junto con el beneficio regular de noviembre.

¿Por qué es controvertido y aterrador?

  • Muchos jubilados –y sus familias– asumen que el aguinaldo se otorga universalmente, generando una expectativa de ingresos adicionales en diciembre. Excluir a ciertos beneficiarios es desalentador porque el monto puede ser necesario para gastos de vacaciones o necesidades básicas.
  • La confusión surge porque, desde el punto de vista jurídico, una «pensión supuesta» es una condición clave. Si alguien pagó cotizaciones pero no trabajó semanas, aunque haya recibido un reembolso de las cotizaciones, no es un pensionista en el sentido formal y, por lo tanto, no tiene derecho a la cotización.
  • Por lo tanto, mucho depende del historial laboral y de cotizaciones de cada persona: la protección social no es uniforme.

Lo que recomienda Colpensiones

  • Compruebe que la pensión que recibe es una pensión formal (pensión de vejez, pensión de invalidez o pensión de supervivencia) y no una compensación o devolución de cotizaciones.
  • Confirma que tus datos bancarios y personales estén actualizados para la transferencia automática.
  • Si no está seguro de tener derecho al subsidio, consulte directamente con Colpensiones o la autoridad correspondiente.

Solicitud

Si bien la asignación 13 todavía existe como un derecho para los jubilados formales en Colombia, no es un beneficio universal. La ley y su aplicación marcan la diferencia, por eso algunos jubilados no recibirán beneficios adicionales en diciembre de este año. En el contexto de altos costos de vida y necesidades adicionales en diciembre, aclarar Colpensiones es clave para evitar falsas expectativas.

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