El Tribunal Constitucional reconoce que los animales no son «cosas» – ADICIONAL – Noticias ultima hora

La Corte Constitucional de Colombia ha dado un paso importante en la protección jurídica de los animales: eliminó expresiones jurídicas que los reducen a instrumentos al servicio del ser humano y confirmó que deben ser tratados como animales seres sintientes merece protección contra el abuso.

En su decisión, la Corte Suprema consideró inaplicables partes del Código de Ética Veterinaria y Zootecnia, que contenían frases como «estas son medidas que sirven al hombre» y «en la medida en que sean útiles para el hombre». Tales expresiones aparecieron en el art. 12 de la Ley N° 576 de 2000 y posiciona legalmente a los animales como meras «cosas». En la nueva interpretación, estas formulaciones van más allá de las disposiciones aplicables.

Aunque el Código Civil todavía clasifica a los animales como propiedad -figura jurídica utilizada con fines patrimoniales-, el Tribunal aclaró que es ficción legalincompatible con los principios constitucionales de dignidad, integridad y bienestar. La sentencia señala que, dentro del marco constitucional, los animales merecen un régimen de protección especial que reconozca su capacidad de experimentar y evitar sufrimientos injustificados.

Además, la sentencia modificó el juramento profesional prestado por veterinarios y zootecnistas: la obligación de apelar a Dios se consideró inaplicable porque violaba la libertad de conciencia y la neutralidad religiosa del Estado.

Con esta decisión, Colombia fortalece su marco regulatorio para avanzar hacia una justicia más amplia basada en un mayor respeto hacia quienes no pueden defenderse.

57

Compartir:
Facebook
Twitter
LinkedIn
Reddit

Noticias relacionadas