Un nuevo escándalo político ha salido a la luz, afectando al alcalde de Ibagué, Johana Aranda. El trasfondo de este escándalo reside en la finalización de un contrato que supera los $65 millones entre el Instituto Municipal de Deportes y Recreación (IMDRI) y Leidy Esperanza Galeano Ortiz, quien es la esposa del ex alcalde Andrés Hurtado. Este acontecimiento ha puesto en tela de juicio no solo la legitimidad de la administración actual de Aranda, sino también la transparencia en la que se maneja la gestión pública. Vale la pena mencionar que este acuerdo se considera una violación de lo establecido en la Ley 80 de 1993, que regula la contratación pública y establece ciertos lineamientos para evitar situaciones de conflicto de interés.
El contrato en cuestión, identificado con el número 087 de 2024, fue firmado el 22 de febrero, apenas 53 días después de la finalización del mandato de Hurtado. Cabe destacar que Galeano Ortiz se encuentra legalmente inhabilitada para celebrar contratos con el municipio, debido a su vínculo matrimonial con un ex funcionario que tuvo autoridad en el gobierno local hasta el 31 de diciembre de 2023. Este detalle añade un matiz más a la complejidad de la situación y plantea serias dudas sobre la conduits de los actuales mandatarios.
La queja formal fue presentada por el abogado José Baruth Tafur ante el Ministro de Justicia, solicitando, entre otras cosas, la invalidación del contrato, la apertura de una investigación disciplinaria y la necesidad de corregir acciones que podrían ser consideradas impropias. El funcionario responsable de la firma del acuerdo es Sebastián Perdomo Rondón, quien ejerce como secretario general del IMDRI y es conocido como un delfín político del ex alcalde Hurtado, lo que añade una capa de complicidad y cuestionamiento a la gestión presente.
¿Nepotismo?
El contenido del acuerdo abarca un periodo de 11 meses e incluye servicios de asesoramiento psicológico, participación en comités, y una variedad de actividades sociales. Sin embargo, las críticas se han intensificado en torno a la naturaleza de estos contratos, ya que muchos opinan que contribuyen a crear conflictos de interés evidentes y pueden ser una estrategia para mantener el control político en el ámbito local utilizando recursos públicos.
El Artículo 8 de la Ley 80 prohíbe explícitamente este tipo de acuerdos con el fin de evitar que expresidentes influyan en el poder a través de familiares directos. La contratación de un familiar del ex alcalde sólo puede ser interpretada, según el demandante, como un uso indebido del poder y una muestra de favoritismo inaceptable que socava las bases éticas de la administración pública.
Este conflicto no sólo afecta la credibilidad del gobierno de Johana Aranda, quien había prometido un enfoque transparente en su gestión, sino que también refuerza las críticas sobre la continuidad de prácticas corruptas del pasado. La queja se encuentra en proceso de ser evaluada, y si se llega a concretar la invalidación del contrato, podría abrir la puerta a acciones disciplinarias contra los responsables, además de destapar una red de poder que persiste en influir de forma ilícita en Ibagué.
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